CAMPAÑA DE COMPENSACIÓN A AFECTADOS POR
CAMPAÑA DE COMPENSACIÓN A AFECTADOS POR:
Las normativas y prácticas de Austria relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y la representación aduanera, en particular aquellas relacionadas con el procedimiento de importación exenta de IVA “código 42” para mercancías destinadas a otro Estado miembro.
Se alega que estas prácticas imponen cargas desproporcionadas, riesgos financieros y desventajas competitivas a operadores no austriacos, y podrían infringir el Derecho de la UE, incluyendo posibles elementos de ayuda estatal ilegal y una incorrecta aplicación de la Directiva del IVA y el Código Aduanero de la Unión. La Decisión de Ejecución del Consejo (UE) 2024/3013, aunque se refiere a una medida específica de exención de deducción de IVA, es citada en la queja de COCOO como parte del marco que genera estas distorsiones.
¿Es Usted Uno de los Afectados?
Su empresa podría ser una de las afectadas si es un operador económico no austriaco que ha experimentado dificultades, costes adicionales o desventajas competitivas debido a las normas y prácticas de Austria en materia de IVA y representación aduanera, especialmente en operaciones de importación destinadas a otros Estados miembros de la UE.
Posibles afectados:
- Empresas de transporte de mercancías y transitarios no establecidos en Austria que operan con importaciones a través de Austria.
- Agentes de aduanas no austriacos que representan a importadores en Austria.
- Importadores establecidos en la UE (fuera de Austria) cuyas mercancías transitan o se importan a través de Austria y se ven sujetos a estas normativas restrictivas, ya sea directamente o a través de sus representantes.
- Empresas de logística y otros operadores económicos que participan en el comercio transfronterizo a través de Austria y enfrentan mayores cargas administrativas o financieras debido a estas normativas.
Tipos de Víctimas:
- Operadores de logística y aduanas (transitarios, agentes aduaneros) no austriacos que se ven forzados a actuar como representantes aduaneros indirectos en situaciones donde el Derecho de la UE permitiría la representación directa, asumiendo responsabilidades desproporcionadas por el IVA de importación (a veces sin derecho a deducción) y soportando mayores costes y riesgos.
- Empresas importadoras que, aunque no actúen directamente como declarantes en Austria, pueden sufrir las consecuencias de estas normativas a través de mayores costes de servicio repercutidos por sus representantes aduaneros o transitarios, o por la restricción en la elección de dichos representantes.
Daño Común
El daño común principal es la imposición de cargas administrativas y financieras desproporcionadas y discriminatorias a los operadores no austriacos en comparación con los operadores austriacos o con las prácticas estándar en otros Estados miembros de la UE. Esto se traduce en:
- Una restricción a la libre elección del tipo de representación aduanera (directa o indirecta) que garantiza el Código Aduanero de la Unión (CAU).
- La atribución de la responsabilidad principal por la deuda del IVA de importación a los representantes aduaneros/fiscales en lugar de a los importadores, a menudo sin el correspondiente derecho a la deducción del IVA soportado, lo que viola el principio de neutralidad del IVA.
- El riesgo de doble imposición o de imposición indebida del IVA en casos de transporte intra-UE subsiguiente a la importación.
- Una desventaja competitiva sistémica para los operadores no austriacos, que puede distorsionar la competencia en el mercado único de servicios logísticos, de transporte y aduaneros.
Beneficios de suscribirse a una Campaña de Compensación
Subscribirse a una Campaña de compensación es unirse a una comunidad de posibles afectados para facilitar su compensación. Subscribirse a una Campaña de Compensación no crea una relación abogado-cliente y no le compromete a ninguna obligación, tarifa o coste. Si cree que usted o su organización pueden haber sido afectados por las prácticas descritas a continuación, por favor participe. Su información nos ayudará a evaluar la magnitud del daño potencial y unir fuerzas. Solo si nos unimos podemos exigir un mundo más justo. Subscribirse no le compromete a ninguna acción legal ni implica coste alguno. El exito de esta campaña depende de conseguir identificar a partes afectadas por un evento comun causado por un patrón de negligencia. Beneficios:
- Posibilidad de obtener compensacion
- Expresar sus preocupaciones y aportar evidencia: Tendrá una plataforma para detallar los perjuicios sufridos.
- Proponer soluciones: Podrá contribuir con ideas prácticas y legales.
- Acceder a mecanismos de compensación: La campaña planteará la creación de mecanismos para compensar las pérdidas financieras.
- Fortalecer la transparencia y la competencia justa: Apoyará un debate constructivo sobre la correcta aplicación de las normas de la UE y la promoción de mercados competitivos.
- Restaurar la confianza: Su participación puede ser determinante para restaurar la integridad del marco competitivo y la confianza de los operadores económicos
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Quien Somos?
COCOO.uk es una organización británica sin ánimo de lucro dedicada a la promoción de la competencia leal, la protección de inversores y consumidores, y la salvaguarda del interés público. Nuestro objetivo es la reparación colectiva en nombre de consumidores y competidores para proteger y promover su Derecho a disciplinar a las partes responsables, publicas y privadas. Oscar Moya LLedo es nuestro Solicitor (el equivalente Britanico a un Abogado) y desempeña un papel fundamental en nuestra misión de promover la competencia leal y proteger los derechos de los consumidores y empresas
- Para asegurar que la aplicación de las normativas de IVA y aduaneras por parte de Austria se ajuste plenamente al Derecho de la Unión Europea, incluyendo la Directiva del IVA y el Código Aduanero de la Unión.
- Para eliminar las barreras y cargas discriminatorias que enfrentan los operadores no austriacos, restaurando así la igualdad de condiciones (level playing field) en el mercado único.
- Para proteger a los transitarios, agentes de aduanas y otros operadores logísticos de la imposición de responsabilidades financieras indebidas, desproporcionadas y de riesgos que no les corresponden.
- Para que la Comisión Europea investigue a fondo las alegaciones de que estas prácticas constituyen una ayuda estatal indirecta ilegal y tome medidas correctoras.
- Para ofrecer una vía de recurso a las empresas que han sufrido perjuicios económicos debido a estas prácticas
FASES DE UNA CAMPANA DE COMPENSACION
- FASE 1: Identificacion de carencias sistematicas de cumplimiento de la legislacion que protege a consumidores, competidores y el interes publico.
- FASE 2: Identificacion de posibles afectados y aunarlos a traves de esta plataforma. La mayoría de víctimas nunca reciben compensación y nunca se enteran de que son víctimas con derecho a compensación o restitución. Esto crea un desequilibrio significativo en el sistema de Justicia para la desventaja de consumidores y competidores. Por eso necesitamos unirnos. Unidos ganamos poder para negociar en igualdad de condiciones.
- FASE 3: Negociacion del pago de compensacion economica o restitucion a las partes afectadas
Posibles Causas de Acción
- Infracción del Artículo 107(1) del TFUE (Ayuda Estatal): Argumentando que las simplificaciones para empresas austriacas y las cargas adicionales para las no austriacas (derivadas de la Decisión del Consejo 2024/3013 y de las prácticas generales de IVA/aduanas) confieren una ventaja selectiva y distorsionan la competencia
- Infracción de los Artículos 34, 36 y 56 del TFUE (Libre circulación de mercancías y servicios): Debido a la creación de barreras al comercio transfronterizo para los operadores no austriacos
- Aplicación incorrecta de la Directiva del IVA (2006/112/CE): En particular, en lo referente a:
- La designación del deudor del IVA (Artículo 201)
- El derecho a la deducción del IVA (Artículo 168)
- La exención del IVA en la importación seguida de una entrega intracomunitaria (Artículo 143(1)(d))
- Infracción del Código Aduanero de la Unión (Reglamento (UE) nº 952/2013): Específicamente el Artículo 18(1) sobre la libertad de elección entre representación aduanera directa e indirecta para personas establecidas en la UE.
- Violación de los principios generales del Derecho de la UE: Como la proporcionalidad y la neutralidad del IVA.
- Posible impugnación de la Decisión de Ejecución del Consejo (UE) 2024/3013: Por vicios de procedimiento, como una evaluación inadecuada de su impacto en la competencia y el comercio, en contravención del Artículo 296 TFUE
Perjuicios Alegados:
- Incremento de los costes administrativos y de cumplimiento para los operadores no austriacos.
- Asunción de responsabilidades financieras por deudas de IVA que no deberían corresponderles o sin el derecho a deducir dicho IVA, resultando en pérdidas financieras directas y afectando su flujo de caja.
- Pérdida de competitividad frente a operadores austriacos o aquellos que operan en Estados miembros con regímenes aduaneros y fiscales más alineados con el Derecho de la UE.
- Incertidumbre jurídica y exposición a riesgos financieros significativos al gestionar operaciones de importación en Austria con destino a otros Estados miembros.
- Posible doble imposición del IVA
AVISO LEGAL
Subscribirse a una Campaña de Compensación no crea una relación abogado-cliente y no le compromete a ninguna obligación, tarifa o coste. Las alegaciones aqui expuestas están sujetas a una investigación en curso y no han sido probadas ante un tribunal de justicia, salvo que se indique lo contrario. Toda la información proporcionada será tratada de forma confidencial de acuerdo con la normativa de protección de datos. Este documento contiene las opiniones, creencias y alegaciones de COCOO.uk basadas en la información actualmente disponible y presentadas de buena fe. Estas afirmaciones están sujetas a investigación adicional y no deben interpretarse como hechos definitivos a menos que así se establezca en un procedimiento legal. COCOO.uk es una sociedad benefica, no un bufete de abogados. Las afirmaciones aquí expuestas se basan en la información actual y están sujetas a una investigación más profunda. La base para una acción colectiva reside en que múltiples entidades y/o individuos han podido sufrir un daño económico similar como resultado de una conducta común, por ejemplo el sobreprecio pagado por consumidores o empresas, o una mala gestion del sector publico